Si vives en el País Vasco, te podría interesar saber que entre abril y mayo de 2025 se aprobaron unas nuevas regulaciones forales de las pensiones (sistemas de previsión social complementaria) y EPSV. En este artículo te resumimos los principales cambios, tanto si ya tienes un plan de pensiones o EPSV como si estás pensando abrirte uno.
Desde abril, y durante todo el 2025, si eres autónomo residente en Bizkaia o Gipuzkoa: puedes contratar un plan de pensiones de empleo para autónomos con nosotros. Puedes aportar desde 50 € hasta 4000 € al año, con un límite de aportaciones totales a planes individuales de 5000 € (esto se debe a que si eres autónomo tienes una nueva aportación total de hasta 9000 €, en lugar de 5000 € hasta ahora). En Araba/Álava también podrán aportar 4000 € adicionales al año a partir de 2026.
Lo comentamos con más detalles en el apartado “Los autónomos ya pueden aportar…” más abajo.
A partir de enero de 2026:
- Nuevo límite de aportaciones totales de 10.000 €, en lugar de 12.000 € hasta 2025:
- hasta 5000 € de aportaciones a planes individuales,
- hasta 4000 € de aportaciones a planes de empleo de autónomos,
- hasta 8000 € de aportaciones empresariales a planes de empleo de personas jurídicas, y
- hasta 10.000 € de aportaciones en total.
- Deducción adicional de la cuota íntegra del IRPF para aportaciones a un plan de pensiones o de EPSV de empleo para autónomos:
- del 10 % (36 años o más), y
- del 15 % (menos de 36 años).
Mejor tributación al rescatar el plan de pensiones o de EPSV:
- La rentabilidad que tengas en tu EPSV empieza a tributar como rendimiento del capital (20 a 27 %, por tramos). Las aportaciones siguen tributando como rendimiento del trabajo.
- En caso de rescate en forma de capital (de golpe), el 70 % (vs. 60 % en 2025) tributa como rendimiento del trabajo, hasta un máximo de 300 mil euros.
- Si retiras en forma de renta constante de al menos 15 años o en forma de renta vitalicia, la rentabilidad queda exenta (con un límite del 40 % en Araba/Álava).
Lo comentamos con más detalles en el apartado “La rentabilidad de tu EPSV pasa a tributar…” más abajo.
Los autónomos ya pueden aportar 4000 € adicionales a un plan de pensiones de autónomo
Desde marzo de 2023, cualquier autónomo en Territorio Común podía aportar hasta 5750 € anuales al plan de pensiones de empleo. Sin embargo, un autónomo residente en el País Vasco tenía un tope máximo de aportaciones a planes y EPSV de 5000 €, idéntico a la EPSV individual. Por eso, te recomendábamos hacer las aportaciones a una EPSV individual (más flexibilidad en traspasos y personalización en tu plan).
Desde abril de 2025, los autónomos pueden aportar hasta 4000 € adicionales, dejando los límites de la siguiente manera:
- 5000 € de aportaciones individuales a planes de pensiones o EPSV
- 4000 € de aportaciones a planes de pensiones o de EPSV de empleo para autónomos
- 8000 € de aportaciones empresariales a un plan de pensiones o EPSV de empleo de persona jurídica
- 10.000 € de límite global (aunque la suma de los tres límites es de 17 mil €, no podrás deducirte más de 10 mil € en la base del IRPF)
Además, estás aportaciones tienen una deducción adicional de 15 % en cuota íntegra para los autónomos de menos de 36 años y del 10 % para los autónomos a partir de 36 años.
Si resides en la provincia de Araba/Álava, será necesario esperar a enero de 2026.
Resumen de las aportaciones máximas a planes de pensiones y EPSV
La rentabilidad de tu ESPV pasa a tributar como rendimiento de capital
Hasta ahora, todo lo que rescataras de tu plan de pensiones o EPSV tributaba como rendimiento del trabajo en tu IRPF. A partir de enero de 2026, la parte que corresponda a la rentabilidad pasa a tributar como rendimiento del capital mobiliario, mejorando así su fiscalidad, ya que pagará un tipo más bajo (el tipo marginal de ahorro en el País Vasco está actualmente entre el 20 % y el 27 % (a diferencia del tipo marginal del trabajo que está entre el 19 % y el 50 %).
Además, en caso de que la cobres como renta vitalicia o como una renta de más de 15 años, con pagos constantes, la rentabilidad queda exenta al 100 %. En Araba/Álava, la exención se limitará al 40 % de la renta total.
Las aportaciones, seguirán tributando como rendimiento del trabajo.
En caso de retirada en forma de capital, la exención parcial se reduce de 40 % actualmente a 30 % a partir de 2026, hasta un máximo de 300 mil euros. Esto quiere decir, que si rescatas 100 mil euros, ahora se imputarán 70 mil € en tu IRPF (en vez de 60 mil hasta ahora), el resto queda exento.
Está exención aplica siempre que hayan trascurrido más de 2 años desde la primera aportación (salvo invalidez o dependencia).
En caso de que los que cobren sean los beneficiarios (por fallecimiento), ellos también tributarán la rentabilidad como rendimiento de capital mobiliario y el resto como trabajo, sin impuesto de sucesiones.
Si ya eres cliente, puedes contratar un plan de pensiones de empleo o EPSV desde tu área privada \ Resumen, en la sección «Otros servicios». Para contratar el plan de pensiones de autónomo necesitamos que tengas informada la ocupación «trabajador por cuenta propia», haciendo clic en tu nombre \ Configuración usuario \ Datos profesionales.
Si aún no te estás indexando con nosotros, puedes responder sin compromiso nuestro breve test de perfil inversor (2 minutos) para contratar cartera de EPSV o un plan de pensiones de empleo de autónomos.
Gracias de nuevo por indexarte con nosotros. Estamos a tu disposición para comentar cualquier duda o sugerencia que puedas tener, en los comentarios abajo o contactando con nosotros.
Resumen de la Federación de EPSVs
Marco normativo:




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