Nuevos límites de aportaciones a planes de pensiones en 2022

Los Presupuestos Generales del Estado para 2022 (pdf), recientemente aprobados por el Congreso y por el Senado (28/12/2021), incluyen en su artículo 59, punto Dos (ver texto al final del artículo), una reducción a 1.500€ del límite de aportaciones individuales a planes de pensiones a partir de 2022 (en lugar de 2.000 € en 2021 y 8.000 € hasta 2020).

A continuación detallamos los principales cambios.

El límite de aportaciones a planes individuales baja a 1.500€ al año

El límite de aportaciones individuales a planes de pensiones que ya había bajado de 8.000 € en 2020 a 2.000 € en 2021, se ve reducido de nuevo, a 1.500 € a partir de 2022. A destacar que este nuevo límite afecta al producto de los planes de pensiones independientemente del lugar de residencia del contribuyente, incluso a los residentes en el País Vasco y en Navarra que aporten a planes de pensiones. Sin embargo, los residentes en el País Vasco pueden seguir aportando hasta 5.000 € anuales a planes de EPSV individuales (ver abajo).

Contra este máximo de 1.500 € van las aportaciones a planes de pensiones individuales, las aportaciones del trabajador a planes de pensiones de empleo que superen las aportaciones de la empresa y las aportaciones de la empresa a planes de empleo que deriven de una decisión del trabajador. «Que deriven de una decisión del trabajador» es una novedad que tenemos pendiente de aclarar con hacienda.

Reducimos la inversión mínima en carteras de planes de pensiones a 1.500 €

En consecuencia, bajamos de 2.000 € a 1.500 € la inversión mínima en nuestras cuentas de planes de pensiones, a partir del 01/01/2022, para permitir que un cliente empiece a invertir aportando el máximo anual de 1.500 €. En caso de querer empezar invirtiendo un importe menor, recomendamos contratar nuestros planes de pensiones en otras entidades que los comercializan, sin nuestra gestión de cartera, y traspasarlos a Indexa una vez se haya alcanzado el mínimo de 1.500 € para que podamos gestionar tu cartera de planes de pensiones.

El mínimo de inversión en las carteras de fondos y de planes de EPSV se mantiene en 3.000 €.

El límite de aportaciones empresariales a planes de empleo sube a 8.500 €

El máximo de contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo sube de 8.000 € en 2021 a 8.500 € en 2022, y máximo un 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del partícipe. Este límite incluye las contribuciones empresariales y del trabajador siempre por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial.

Las aportaciones del trabajador que superen las aportaciones de la empresa o que deriven de una decisión del trabajador, irán contra su límite individual de 1.500 € al año.

El límite conjunto de aportaciones a planes de pensiones se mantiene en 10.000 €

El máximo de contribuciones totales anuales se mantiene en 10.000 € por partícipe al año, incluyendo hasta 8.500 € de contribuciones empresariales y hasta 1.500 € de contribuciones individuales a planes de pensiones de empleo y/o individuales, siempre que las aportaciones totales se mantengan debajo del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del partícipe.

Para residentes fiscales en el País Vasco

Pueden seguir aportando como antes: hasta 5.000 € a planes de EPSV individuales, hasta 8.000€ a planes de EPSV de empleo, y hasta 12.000€ de límite conjunto.

En caso de aportar a planes de pensiones en lugar de planes de EPSV, se les aplica en los planes de pensiones los mismos límites que para los demás partícipes de planes de pensiones: hasta 1.500 € de aportaciones a planes de pensiones individuales, hasta 8.500 € de aportaciones a planes de empleo, y hasta 10.000 € de aportaciones conjuntas.

Plan de pensiones de empleo Indexa Empleo

Con estos cambios, los planes de pensiones de empleo se hacen cada vez más atractivos. Por ello, desde 2020, ofrecemos nuestro plan de empleo indexado, personalizado (ciclo de vida), con diversificación global y bajas comisiones, Indexa Empleo. Lo pueden contratar online las empresas, los autónomos societarios (autónomos con nómina con la empresa) y los autónomos empleadores (autónomos con trabajadores en nómina). La normativa actual aún no permite a la mayoría de los autónomos, no societarios y no empleadores, contratar un plan de empleo, pero se espera que el proyecto de pensiones de empleo de promoción pública (PPEPP, o “planes de empleo simplificados”) corrija esta anomalía y permita también a todos los autónomos contratar un plan de empleo en el futuro.

Aportaciones para cónyuges, discapacitados y deportistas profesionales

El resto de los límites de aportaciones máximas no se modifican (1.000 € para el cónyuge y 24.250 € para personas con discapacidad y deportistas profesionales)

Reducción automática de las aportaciones periódicas actuales que superaban este límite

En los próximos días, antes del 01/01/2022, reduciremos automáticamente las aportaciones periódicas de nuestros clientes que superaban el límite de 1.500 € anuales para adaptarlas a la nueva legislación, y les informaremos de ello por email para que puedan revisar, modificar o cancelar su aportación periódica si lo desean. Lo podrán hacer desde su área privada \ Elegir su cuenta de pensiones \ Aportaciones \ Aportación periódica. Las aportaciones mensuales que antes tenían un máximo de 166 € (2.000 € anual), se reducirán a máximo 125 € (1.500 € anual), las trimestrales a 375 €, las semestrales a 750 € y las anuales a 1.500 €.

Preguntas frecuentes

Para más información, puedes consultar nuestras preguntas frecuentes:

Por favor no dudes en avisarnos si tienes cualquier duda, contactando con nosotros o escribiendo tu comentario abajo.

Si aún no tienes una cartera de planes individuales con nosotros, no dudes en responder a nuestro breve test de perfil inversor (2 minutos) para ver qué cartera te ofrecemos.

Si estás interesado en nuestro plan de pensiones de empleo, puedes consultar nuestras preguntas frecuentes y si representas a la empresa, puedes contratarlo online.

 

Artículo 59 de los Presupuestos Generales del Estado 2022

«Artículo 59. Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.

Con efectos desde 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:»

El punto Dos de este artículo 59 de los presupuestos es el que afecta al límite de aportaciones a planes de pensiones:

«Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 52, que queda redactado de la siguiente
forma:

1. Como límite máximo conjunto para las reducciones previstas en los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 51 de esta Ley, se aplicará la menor de las cantidades siguientes:
a) El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
b) 1.500 euros anuales.

Este límite se incrementará en 8.500 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial.

A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.

Las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo o a mutualidades de previsión social, de los que, a su vez, sea promotor y, además, partícipe o mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado, se considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite.

Además, 5.000 euros anuales para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa.» 

3 comentarios en “Nuevos límites de aportaciones a planes de pensiones en 2022

  1. Hola

    ¿Donde aclara el maximo a aportar a PP para mi caso concreto?

    – Discapacidad Fisica 35 % IMAS/IMSERSO

    – Invalidez Permanente Total para la profesión habitual INSS

    Gracias

    1. Hola Pablo,

      Para poder aportar el máximo legal permitido es necesario que nos envíes la documentación que acredita tu situación y te lo habilitaremos para que puedas aportar la cantidad que te corresponde.

      Puedes enviárnoslo contactando con nosotros a través de nuestro correo electrónico: [email protected]

      Saludos,

  2. Buenas, tengo un caso concreto y agradecería me diesen su opinión.
    Un marido que aporta al plan de pensiones de su esposa, que no tiene actividad profesional, aportó durante el ejercicio 2021 1.500 €, cuando el límite para las aportaciones a los cónyuges sin ingresos era 1.000 € si no me equivoco.
    Como la titular del plan de pensiones y beneficiaria es la esposa, la gestora, no contempla reembolsar el exceso de aportaciones desgravables para su marido.
    ¿Hay riesgo de que hacienda les penalice por haber efectuado aportaciones más allá del límite?
    ¿Puede el matrimonio presentar una declaración conjunta y asignarle 1000 € para las aportaciones del marido y 500 € para ella? ¿Cuándo no existe una origen real de ese dinero?

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